jueves, 16 de abril de 2009

Acta Comisión de Hacienda Cámara de Representantes del 01/04/09

COMISIÓN DE HACIENDA
(Sesión del día 1º de abril de 2009)
SEÑOR PRESIDENTE (Mujica).- Habiendo número, está abierta la sesión.
(Es la hora 10 y 20)
——La Comisión de Hacienda tiene el agrado de recibir a una delegación del Colegio de Contadores, Economistas y Administradores del Uruguay integrada por su Presidente, el contador Alfredo Pignatta González; por su Secretario General, contador Boris Furman Surtz; por el contador Selio Zak Elberg, integrante del Grupo de Trabajo, y por el contador Arturo Demaestri Gambardella, de la Comisión de Tributaria, a los efectos de referirse al proyecto de creación del Instituto de Normas Contables Adecuadas y, en particular, al último comparativo que había producido la Comisión, con algunas modificaciones propuestas por el señor Diputado Asti.
SEÑOR PIGNATTA.- En primer lugar, quiero agradecer la invitación que se nos cursó.
En segundo término, deseo reiterar lo que habíamos manifestado en una anterior visita a esta Comisión, en la cual dijimos que estamos mandatados por la resolución de una asamblea de socios. En su momento les hicimos llegar el proyecto que se había elaborado con las distintas posiciones vertidas en dicha asamblea.
Estamos a la orden para hacer las aclaraciones que crean convenientes.
SEÑOR PRESIDENTE.- Lo que esperamos es que nos brinden un comentario acerca de las modificaciones planteadas por el contador Asti en el comparativo que se les envió.
SEÑOR FURMAN.- Como decía el contador Pignatta, la asamblea aprobó un proyecto cerrado. Luego de intensos análisis y trabajos, se llegó a un consenso en un texto que fue el que remitimos oportunamente a la Comisión. En definitiva, en lo personal, muchos colegas compañeros podemos tener algunos matices, pero la asamblea tiene una resolución. De manera que el análisis de los cambios introducidos por el señor Diputado Asti tendrían que ser esencialmente a título personal porque como Directivos estamos mandatados. Es decir que concurrimos aquí con mucho gusto, pero institucionalmente no tenemos opinión distinta a la aprobada por nuestra asamblea.
La propuesta del señor Diputado Asti se acerca muchísimo a la propuesta original emanada del Poder Ejecutivo, aunque hay algunos matices de redacción, etcétera, que no hacen a la cosa. Por lo tanto, reitero, los comentarios que pueda verter alguno de los presentes será a título personal; estamos mandatados y no tenemos posibilidad de opinar en forma independiente. Institucionalmente, el resultado de la asamblea fue un acuerdo; se partió de encares distintos para llegar a un consenso que se votó por unanimidad; como todo consenso implica que no todos estén de acuerdo en todo, pero se llegó a un término medio.
SEÑOR GANIDINI.- Partiendo de la base de que el Colegio tiene una posición formada, que expresó en un proyecto que nos remitió para ilustrarnos, ¿podrían expresar cuáles son las principales diferencias o las diferencias más sustanciales, conceptuales, entre el proyecto que ha remitido el Colegio de Contadores, Economistas y Administradores del Uruguay y el que la Comisión tiene a consideración con las modificaciones introducidas por el señor Diputado Asti?
SEÑOR DEMAESTRI.- Es un proyecto extenso y la pregunta es muy válida porque permite ver el corazón del tema y dónde está la diferencia.
Creo que las diferencias fundamentales son dos. La primera tiene que ver con los topes que se establecen para la aplicación de las normas. El proyecto del Colegio de Contadores, Economistas y Administradores del Uruguay no innova; lo que hace es tomar una reglamentación más que vigente ‑aprobada en 2007‑ para la determinación de lo que es una micro, pequeña o mediana empresa; en ese sentido está el Decreto Nº504. Lo que hicimos fue tomar eso como referencia para homogeneizar, además, la aplicación de normas. De lo contrario, estaríamos generando distintos topes. Después quizás pueda hacer un comentario sobre esto a título personal.
Este tema de los topes se aparta bastante del proyecto que viene del Poder Ejecutivo y del proyecto del señor Diputado Asti.
El otro asunto refiere a que cuando se crea un organismo, un instituto, etcétera, tampoco se innova sino que se recoge otra reglamentación también vigente relativa a las incompatibilidades de los Directores o de los funcionarios. Es el mismo régimen de exclusividad que tiene la DGI, incluido en el Decreto Nº186. Ahí están bien tratados los temas relativos a la incompatibilidad en las funciones y a la dedicación exclusiva. 9:44:48 Creemos que en un organismo de este tipo, con independencia de la órbita en que funcione ‑ya sea como estaba planteado originalmente, servicio descentralizado, o una dependencia departamental de la Auditoría Interna‑, sus integrantes tienen que tener ese régimen. Actualmente, la DGI tiene un funcionamiento que dista machismo de lo que era antes y la verdad es que estamos bárbaro, vemos el cambio y cómo se ha mejorado. Son cambios que llevan tiempo, pero está bueno.
Creo que estos son los dos temas centrales que tenemos. Existen otros puntos y los planteamos la vez anterior en que concurrimos a esta Comisión; nos decían que habíamos agregado temas que no tenían que ver con el proyecto en sí mismo; nosotros argumentábamos que no era indispensable que estuvieran, pero que como gremio teníamos la obligación, en todos los ámbitos en donde participemos, de hacer saber cuáles son nuestras opiniones. Nos parecía que cuando hablábamos del ejercicio libre de la profesión correspondía ponerlo; cuando lo planteamos hubo algunos Diputados que no conocían la problemática y eso contribuyó a aclarar el tema.
Repito: creo que los puntos más importantes son lo de los topes y lo del régimen de exclusividad e incompatibilidad.
SEÑOR FURMAN.- Agregando a lo que dice el contador Demaestri, el articulado inicial establecía que este ente tendría la potestad o la obligación de definir normas especiales para pequeñas empresas o para empresas de menor importancia. La asamblea entendió que debía explicitarlo justamente a partir del Decreto 504.
SEÑOR BRENTA.- Mi pregunta es ampliatoria.
Deduzco, según lo que ustedes plantean respecto a los topes y las definiciones de micro, pequeña y mediana empresa que esto se traduce en alguna modificación de las normas contables que estas, según la categoría en que caigan, deban cumplir.
(Diálogos)
——Ustedes hacen referencia al Decreto 504 y a los topes a través de los cuales se define las empresas como micro, pequeña o mediana. Esto, a su vez, modifica el tipo de normas contables que deben cumplir o la presentación. Aclaro que no soy contador. ¿Esto qué significa? ¿Un incremento de los costos de las pequeñas y medianas empresas? ¿Complejiza su actividad? Pediría que pudieran darnos una idea de qué significa esto para la actividad cotidiana.
SEÑOR ZAK.- Realmente, la pregunta es importante.
No se trata de modificar las normas, simplemente las normas existen y entendemos, en función de lo que son las PYMES ‑pequeñas y medianas empresas‑, que esto debe ser gradual. En caso de que se aplicara el tope planteado por el señor Diputado Asti, las empresas tendrían un incremento en sus costos que realmente nosotros, como contadores públicos que, de alguna forma, nos debemos a la comunidad, entendemos que no se va a poder trasladar, y corremos el riesgo de que las empresas terminen en un mayor informalismo, lo cual los contadores no queremos de ninguna manera. Entonces, entendemos que la definición del Decreto 504 ‑el cual define pequeñas y medianas empresas‑ debe ser el tope que se debe aplicar para definir unas u otras y en caso de que no se instrumentara esa forma, realmente las empresas tendrían un incremento en sus costos que no podrían absorber. Eso es lo que nosotros entendemos.
SEÑOR FURMAN.- Este tema está siendo muy discutido a nivel de la profesión justamente porque está afectando al ejercicio, la forma de encarar, etcétera.
La contrapartida de todo esto es la organización del ejercicio profesional.
Por un lado, tenemos empresas de distinto porte y nuestros profesionales organizados en estudios de distinto porte. Lo que es claro es que todas las obligaciones que se le imponen a la pequeña empresa rebotan en nuestros asociados. Es cierto que la responsabilidad que se plantea en los proyectos es para las empresas; no está afectada la responsabilidad profesional, salvo en algún puntito. Se plantea que las empresas son responsables por la información, cosa que estamos absolutamente convencidos; pero en la práctica, para las pequeñas empresas todo lo que se les plantea rebota hacia nuestros colegas. No podemos disociar el funcionamiento de la empresa, sobre todo la pequeña, del funcionamiento del profesional.
Nuestra organización profesional históricamente está basada ‑aunque está cambiando‑ en el conocimiento global de los profesionales que, además, trabajan en forma independiente. Entonces, eso está constituyendo nuevos desafíos para nuestra profesión, que está realizando toda una transformación en la educación continua, en la preparación diaria para poder atender los nuevos requerimientos que exigen las empresas y, justamente, no hay una retribución que sea adecuada en función de las nuevas obligaciones que las empresas trasladan a los colegas. O sea que el tema es conjunto, pero hemos definido que no podemos tratar igual a empresas que son distintas. Este es un poco el fundamento de la cuestión: las empresas de distinto porte tienen diferentes obligaciones, y la sociedad tiene distinta necesidad de información de esas empresas. No es lo mismo la información que puede presentar Coca‑Cola que la que debe presentar el quiosquito de la esquina. Esto hay que contemplarlo, y no se trata de cambiar normas o de elaborar disposiciones especiales; las normas son las mismas, el tema es el ámbito de aplicación.
SEÑOR DEMAESTRI.- Quiero despejar algunas dudas o cosas que puedan quedar sobrevolando, porque parecería ser que técnicos y profesionales no deberían nunca oponerse a mejorar la profesión. Esto tiene que quedar muy claro: no nos oponemos. Yo pedí ver la resolución de la asamblea, y advertí que esta no solo resolvió aprobar ese documento de consenso sino que, además, definió pautas para cualquier integrante del Colegio que lo represente. Estaríamos muy fuera de la realidad si nos negáramos a tener normas porque, si fuera así, para empezar, no sabríamos cómo ejercer. Eso ya lo dejamos claro en la otra oportunidad, pero también ahora debe quedar bien establecido.
El tema es que, además, el carácter de contadores públicos tiene un sentido: brindar servicios a la sociedad. Entonces, tenemos que estar atentos, y aclaro que no me refiero a mirar esto desde el punto de vista corporativo, porque esa es la idea que a veces queda. Si estuviéramos viendo el tema desde el punto de vista corporativo no tendríamos problema, porque, ¿qué más podemos querer que el hecho de que el trabajo dependa cada vez más de nosotros para que ganemos más dinero? Pero hay algo que no cierra porque, teniendo todas esas posibilidades, ¿por qué nos negamos? Lo que ocurre es que estamos convencidos de que todos los proyectos que se quieran llevar adelante ‑el Uruguay productivo, el mejor manejo de las relaciones en la sociedad y entre los agentes económicos, etcétera‑ pasan por que se atienda el 97% de la economía de este país, que está integrado por pequeñas y medianas empresas cuya capacidad administrativa muchas veces es limitada. Entonces, si uno les sigue agregando costos lo que genera es informalismo y, además, tampoco se crean normas técnicas. ¿Por qué? Porque las cosas se hacen para cumplir, no con el verdadero sentido que tienen. Los estados contables son herramientas importantísimas de información, pero si el empresario tiene que cumplir con el banco porque necesita un crédito, va a cumplir con el banco. El problema es que nosotros no podemos decirle: "Vamos a cumplir con el banco", porque hay que aplicar las normas. Si el empresario nos dice: "Yo no puedo pagar", entramos en un círculo que, lejos de ser virtuoso, es malo porque se termina en la informalidad, haciendo cosas para cumplir y sin saber para qué sirven las herramientas. Eso no le aporta a la sociedad.
Entonces, entendemos que hay disposiciones que es comprensible que sean de aplicación obligatoria y que, inclusive, podrían profundizarse, pero tienen que estar planteadas para aquellos que socialmente es importante que estén sujetos a estas normas. Cuando hablamos de la aplicación, recogemos lo que se manifestó en la asamblea. ¿Cuáles son las sociedades o empresas a las que habría que aplicar estas normas y tal vez otras más estrictas? Nosotros conocemos los datos de la realidad; estamos viviendo un momento de alto impacto de crisis financieras, y todo el "boom" que se creó no es de empresas menores; es de empresas que cotizan en bolsa y que recurren al ahorro público. Entonces, está bien que estén sujetas a esta reglamentación, entre otras cosas, porque deben tener una estructura administrativa y un fondo para sostenerlo; si no, tendrían que dedicarse a otra cosa. Pero no podemos pedirle al salón, al quiosco o al almacén que aplique las mismas normas que una empresa que cotiza en bolsa; hacerlo implicaría una falta de adaptación a la realidad. Lo que decimos es: tiene que haber alguien que marque normas, pero debemos adaptarlas a la realidad; no podemos copiarlas como vienen del exterior. Esa es nuestra posición. No se trata de que no queramos trabajar con esto ni ganar dinero cobrando honorarios, sino de que no podemos manejarnos fuera de la realidad. Ya bastante carga tienen hoy las empresas como consecuencia de los cambios que se están produciendo. No abrimos opinión en cuanto a si son buenos o malos ‑eso es harina de otro costal‑, pero en este caso particular estamos generando obligaciones por el tema de los topes, porque acá el mercado es muy chico y eso recae sobre todo el mundo; es muy poco el margen que hay para no caer en esto. Cuando se habla del porcentaje de pasivos que hay que tener con respecto a la responsabilidad bancaria, se establece la franja más baja, y al día de hoy, cualquier empresa que ha estado trabajando en este país y sobrellevando la realidad, algo de endeudamiento tiene. Entonces, rápidamente cae en eso y vuelve a estar sujeta a la misma aplicación de normas, lo que de nuevo implica costos.
No es que nosotros simplemente le digamos que no a esto; es que son nuestros clientes, es nuestra población, porque las pequeñas empresas son las que generan esta economía; las grandes empresas tienen la posibilidad de recurrir a créditos del exterior, pero las chicas, no. Entonces, tenemos que defenderlas. Por eso, cuando tomamos una medida de este tipo o cuando hablamos de esto nos referimos a nuestro trabajo y al trabajo de los uruguayos. Es eso lo que queremos destacar; este es el problema con los topes, que creo que son el tema central, porque hacen que la norma se aplique en su totalidad o no tanto.
Es cierto que reclamamos que la normativa se aplique y que no estábamos de acuerdo con las palabras "deberá" o "podrá" que se empleaban en el proyecto original. Pensamos que habría que manejar normas simplificadas para empresas de menor cuantía. De todos modos, ya hay un proyecto en ese sentido. Nosotros no nos quedamos a mitad de camino, no discutimos solo los topes; discutimos sobre esto y, además, a través de la Comisión de ejercicio profesional de normas contables del Colegio, presentamos un proyecto para la aplicación de normas simplificadas en empresas de menor cuantía. Pero el proyecto ni se miró y se aprobó un decreto que, como esta normativa, tampoco se va a aplicar. Lamento decírselos, pero es así: después, en la práctica, no se va a aplicar. Por eso me parece que la cuestión es irracional. Podríamos discutir durante horas sobre esto ‑a nosotros nos apasiona el tema‑, pero creo que hay que elaborar normas que sean aplicables.
SEÑOR GANDINI.- Quiero aprovechar la presencia de esta delegación para trasladarle un tema que puede resultar incómodo, pero que creo que esta es la única oportunidad de considerarlo que tendremos antes de que se vote el proyecto. Mi casilla de correo está llena de correos de hace algún tiempo y más recientes, en los que se hacen comentarios sobre este proyecto de ley, y uno de los que se reitera refiere a que, de alguna manera, esto beneficiará a los grandes estudios en desmedro de los contadores que ejercen su profesión de forma independiente. La verdad es que si fuera así, ya sea que esta consecuencia se buscara o no, resultaría muy preocupante.
Me gustaría conocer la opinión ‑si quieren darla‑ del Colegio de Contadores, que representa a todos los profesionales de esta rama. Reitero que hemos recibido una cantidad de comentarios, muchos de ellos fundados ‑aunque no puedo valorarlos ni juzgarlos‑, en el sentido de que este proyecto de ley terminará beneficiando a los grandes estudios de contadores y perjudicando al contador independiente que trabaja para pequeños clientes.
SEÑOR FURMAN.- Por supuesto que las opiniones que podemos dar son particulares; como Colegio no tenemos una posición formada al respecto.
Creemos que no es como se está planteando. En el mercado hay una competencia normal que, fundamentalmente, apunta a distintos tipos de empresas. Al día de hoy, tenemos en nuestro país reglamentaciones, por ejemplo, del Banco Central, en torno a las posibilidades de hacer o no auditorías. Y está claro que si yo tengo mi estudio y trabajo solo, no puedo aspirar a hacer una auditoría de un banco. O sea que hay temas de mercado, de posibilidad y de organización. Creo que el principal problema no pasa por ahí, sino fundamentalmente porque se está cargando a empresas de menor porte con responsabilidades o tareas que va a ser muy difícil cumplirlas en su espíritu y en su contenido.
Entonces, en particular, no creo que esto sea un beneficio para los estudios grandes o las consultorías que están presentes en nuestro país, por más que haya una corriente de temor en torno a ese tema, porque hay en juego temas de costos, de posibilidades, y empresas que no pueden asumir determinados compromisos de costos. El punto de definición no es ese, sino que pasa por lo que estuvimos comentando hasta ahora de dar a todas las empresas lo mismo, cuando son distintas.
SEÑOR DEMAESTRI.- Probablemente, si algunos colegas plantearon eso, se deba a la lectura del proyecto del Poder Ejecutivo. Nosotros estamos mentalizados de que el proyecto es el que hicimos nosotros en la asamblea o hasta las modificaciones que planteó el Diputado Asti, pero en el proyecto original del Poder Ejecutivo, no sabemos si por error, omisión, desliz o qué, realmente, hay un planteo de beneficio a estudios de gran porte
Eso es cierto; eso lo dice; está escrito. Lo que pasa es que nosotros estamos mentalizados de que lo tienen que sacar, de que no va a ir. Si el proyecto que se mantiene y se aprueba es el del Poder Ejecutivo tal cual viene, no tengo duda de que lo que plantean algunos colegas es cierto. Nosotros ya nos olvidamos porque nos pareció medio garrafal. Hay un artículo cuyo número no recuerdo, pero que tiene un literal F), que habla de que este Ente podría tercerizar el control y la verificación de las normas en firmas de auditorías. Pero reitero que suponemos que eso se eliminará.
SEÑOR PIGNATTA.- A título personal, debo decir que aquí tenemos un problema de interpretación de ese literal F). Participé en la Comisión de Normas Contables Adecuadas y en ningún momento el espíritu fue que fueran firmas las que verificaran ‑tal vez el literal F) tenga un problema de redacción, pero no era el espíritu que estaba en ese momento‑, sino que los estados contables que se presentaran a ser evaluados tendrían que tener la firma de un contador. Y por ahí apareció también y no sé por qué, "o de firmas de contadores". Pero la idea original era que tuviera la firma, ya fuera un informe de compilación, de revisión de un listado o de la historia, hecho por un contador independiente o integrante de una firma, pero no era para nada el espíritu que se beneficiara a las grandes firmas. Coincido con lo que dijo el contador Furman en cuanto a que no tiene recibo ninguno ese argumento.
SEÑOR ZAK.- Sin irnos del tema, creo que también tenemos que tomar en cuenta lo convulsionado que está el mundo desde el punto de vista financiero, como todos conocemos.
Hace un par de años, cuando se dieron los problemas de Enron y otras empresas, el Senado de Estados Unidos ‑para poner un ejemplo de lo que es el resquebrajamiento financiero en el mundo‑ sancionó una ley de dos legisladores, Sarbanes y Oxley, estableciendo que las empresas de gran porte ‑y en la definición de empresas de gran porte establecía empresas que cotizan en Bolsa y que realmente pueden conmocionar al mundo y a los países‑ debían realizar determinados controles; inclusive, que las auditorías debían rotar, es decir, debían ir siendo sustituidas en el transcurso de un par de años.
Posteriormente, en Uruguay, el Banco Mundial comenzó a hacer un estudio de la estructura de las empresas y llegó a las mismas conclusiones, es decir que las empresas que realmente pueden provocar un descalabro financiero y conmoción son las de gran porte. Y en función de eso, tomándolo como mero ejemplo, es que argumentamos que en todo esto se debe reflejar el Decreto Nº 504, relativo a empresas medianas, y a partir de eso son las empresas grandes.
SEÑOR BRENTA.- Si no entendí mal, la síntesis del planteo que ustedes hacen está referido al artículo 5º de este proyecto, que es el que establece el ámbito de actuación y las definiciones de las empresas y las normas contables. Lo que ustedes dicen, básicamente, es que esto debe reflejar los criterios establecidos en el Decreto Nº 504. Deduzco que esto es el centro de la diferencia que ustedes tienen con el proyecto que está a consideración.
(Se suspende la toma de la versión taquigráfica)
SEÑOR PRESIDENTE.- La Comisión de Hacienda agradece la presencia del Colegio de Contadores, Economistas y Administradores del Uruguay.
(Se retira de Sala la delegación del Colegio de Contadores,
Economistas y Administradores del Uruguay)
(Ingresa a Sala la delegación de la Asamblea de Socios del Colegio de Contadores, Economistas y Administradores delUruguay)
——La Comisión de Hacienda tiene el gusto de recibir a la delegación de la Asamblea de Socios del Colegio de Contadores, Economistas y Administradores del Uruguay, integrada por los contadores Horacio Oreiro Padula y Jorge Bergalli Campomar, representantes del Grupo de Trabajo. Queremos escuchar sus comentarios con respecto al comparativo que se les hizo llegar en su respectivo momento con relación a las tres posibilidades que la Comisión debe definir.
SEÑOR OREIRO.- En primer lugar, queremos explicar nuestra presencia aquí y, en cierto modo, pedir disculpas porque, tal vez, reiteremos algunos conceptos vertidos por la delegación que acaba de retirarse, pero nuestros dos nombres fueron vetados por el Consejo Directivo para acompañarlos en esta sesión; por ese motivo, solicitamos ser recibidos.
En segundo término, como se ha mencionado en esta Comisión que el proyecto del Poder Ejecutivo venía con el apoyo de la Academia y de las profesiones, queremos hacer algunas aclaraciones.
Originalmente, el Consejo Directivo del Colegio de Contadores apoyó el proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo. Asimismo, el doctor Rippe, en ausencia ‑dado que de las treinta reuniones de la Comisión Permanente de Normas Contables solo asistió a una‑, también lo apoyó, con total desconocimiento del Colegio de Abogados, por lo menos de su actual Presidenta, profesora Griselda Volonterio, y del anterior Presidente, doctor César Pérez Novaro.
Por último, con respecto a la Academia, debo señalar que el integrante de la Comisión Permanente de Normas Contables propuesto por la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de la República, contador Walter Rossi, actuó, en todas las oportunidades, en nombre propio y no en el de la Academia. En la antigua Grecia, la Academia era el patio en el que los filósofos meditaban y conversaban entre ellos; esa no es la Academia que supuestamente representó el contador Walter Rossi. Debo aclarar que desde el retorno a la democracia he sido Consejero suplente o titular en la Facultad de Ciencias Económicas durante dieciséis años y que en los siete años que llevo fuera del Consejo me he mantenido absolutamente informado de todo lo que pasa.
El 27 de mayo de 1999, la delegación de egresados votó en forma negativa la renovación de los contadores Walter Rossi y César Cendoya como delegados titular y alterno, por haber estado omisos en la entrega de informes sobre lo actuado por la Comisión. El Consejo resolvió disponer ‑Resolución Nº 12 del Acta Nº 16‑ que aquellos que fueran designados como delegados de la Facultad para integrar diferentes Comisiones deberán elevar periódicamente informes sobre el avance de ellas. Diez años después se mantiene la omisión. Tan es así que cuando concurrió a esta Comisión, lo hizo como integrante del Departamento de Ciencias y Técnicas Contables, no usando su cargo superior, que es de Decano de la Facultad de Ciencias Económicas y de Administración. Expresé todo esto como introducción.
Con respecto al proyecto que nos convoca, más allá de algunos detalles y de aspectos menores, tenemos tres grandes discrepancias con el proyecto enviado por el Poder Ejecutivo y con el sustitutivo presentado por el señor Diputado Asti. La mayor discrepancia es el ámbito de aplicación; una posición es el tope según el cual todas las empresas deben registrar sus balances ante la Auditoría General de la Nación, que lo fija en 100.000 Unidades Reajustables, hoy $ 40:000.000 de ventas anuales. Nosotros proponemos, y no innovamos en ese sentido, aplicar el tope fijado de común acuerdo por los Ministerios de Industria, Energía y Minería, de Economía y Finanzas, de Educación y Cultura y de Ganadería, Agricultura y Pesca en el Decreto Nº 504 de 2007, que lo fija en 75:000.000 de Unidades Indexadas, hoy $ 150:000.000 de ventas anuales; para relativizarlo en la Comunidad Económica Europea el tope mínimo es de 50:000.000 de Euros, un cero más, y como comentario al margen, las empresas que facturan menos de 2:000.000 de Euros no tienen obligación de llevar contabilidad. En Brasil, las empresas que facturan menos de 1:000.000 de Reales no tienen obligación de llevar contabilidad. Esa es la primera gran discrepancia.
La segunda discrepancia tiene que ver con un agregado que hacemos nosotros, que se podría decir que no tiene nada que ver con el proyecto de ley, pero es una reafirmación de la posición de los contadores, expresada en su Asamblea y, además, es habitual que en distintas leyes se introduzcan temas que no tienen que ver directamente con la norma ‑eso es tradicional, desde la época en que comencé a estudiar, con las leyes Nº 12.802 y 12.804‑, especialmente en las leyes de Presupuesto y de Rendición de Cuentas se introducen asuntos que no tienen nada que ver con Presupuesto o con Rendición de Cuentas. Reafirmamos que todos los contadores somos iguales; solo nos podrán distinguir por nuestras habilidades y capacidades. No aceptamos ningún otro tipo de discriminación, lo que es practicado por distintos organismos del Estado y, en particular, por el Banco Central del Uruguay, con su Registro de Auditores. Ese Registro es tan absurdo que para poder inscribirse en ese Registro a efectos de auditar entidades de intermediación financiera se debe demostrar experiencia no menor a tres años en auditorías a instituciones de intermediación financiera; es como si para poder ser cirujano de corazón se pidiera que uno demostrara que hizo diez operaciones de corazón. Tenemos allí el problema del huevo y la gallina.
La tercera gran discrepancia, a la que damos mucha importancia, figura en el proyecto original del Poder Ejecutivo y tiene que ver con la discusión de que el Poder Ejecutivo podría tercerizar en firmas de auditorías el control de aplicación de las normas. A raíz de eso y de la larga experiencia de la situación con los funcionarios de la Dirección General Impositiva, planteamos para los funcionarios del órgano que sea ‑Servicio Descentralizado o Ente Autónomo‑, la exclusividad, con el mismo régimen que tienen actualmente los funcionarios de la Dirección General Impositiva, es decir, que no puedan tener actividad privada y competencia con sus controlados, que seríamos nosotros. Por último, quiero referirme a un tema que no es menor, pero que no hace a nuestra profesión. Se nos plantea la gran duda ‑tendríamos que consultar a un profesor de derecho administrativo‑ de cómo puede ser que un órgano desconcentrado, que gira en la órbita del Ministerio de Economía y Finanzas, pueda emitir resoluciones que revoquen decretos. Planteo esto porque en febrero y marzo hemos tenido una andanada de decretos referidos a normas contables. Parecería que hay un gran apuro, tal vez a raíz de la crisis financiera, pero también las noticias llegan atrasadas; luego de esta crisis financiera, ya no es solo Sarkozy quien hace un planteo ante la Comunidad Económica Europea, sino que también la Asociación Interamericana de Contabilidad y el propio Presidente Obama se están replanteando las normas internacionales de información financiera, si corresponde el valor razonable o el valor histórico. El hecho es que se han dictado seis o siete decretos; el último de ellos acaba de salir con el voto contrario de las empresas representadas por la Cámara de Comercio y la Cámara de Industria y del Colegio de Contadores.
Esas son las observaciones más importantes que hacemos a estos proyectos.
Muchas gracias.
SEÑOR GANDINI.- No terminé de entender las observaciones formuladas en segundo término. El contador Oreiro hablaba de que los contadores son todos iguales; no sé a qué parte del articulado que tenemos a consideración apunta esa reflexión.
SEÑOR OREIRO.- Nosotros incluimos un artículo 4º que no estaba en el proyecto original que, precisamente, refiere a eso. Dice: "Todo profesional con el título de Contador Público, otorgado por la UDELAR o por cualquier Universidad [...] podrá ejercer entre otras propias de la profesión las tareas de Compilación, Revisión y Auditoría de Estados Contables no pudiendo el Estado generar ni registros ni limitantes de tipo alguno a la actuación profesional que no sean las que surjan de inhabilitaciones públicas o de incompatibilidades de carácter legal cumpliendo con los requisitos establecidos por las normas profesionales". Puse el ejemplo del Banco Central, pero no es el único; también hay un registro en el Ministerio de Salud Pública para las auditorías de las IAMC, y debe haber alguno otro más. Yo no ejerzo en el ramo de las auditorías; tengo conocimiento de esas dos.
SEÑOR GANDINI.- Una última reflexión para aclarar el tema, ya que por lo menos para los que no somos contadores es bastante complicado.
Aparentemente, hay una coincidencia con la delegación que recibimos anteriormente, la del Colegio de Contadores, en cuanto a la observación planteada en materia de topes, así como también con respecto a la exclusividad. Ustedes agregan algún elemento más, particularmente el que figura en el artículo 4º. No hacen observaciones a un aspecto que sí fue observado al principio, porque fue considerado y aparentamente se corregiría; me refiero a la interpretación que se hizo de que se podrían tercerizar los controles de auditoría. Aparentemente, esto no se votaría y, por lo tanto, ustedes no hacen referencia a ello. El punto relativo al tope y el que refiere a la exclusividad de quienes ejercen el control son dos de los tres que ustedes marcan con mayor énfasis.
SEÑOR ASTI.- Con respecto a la exclusividad, por lo menos en el proyecto alternativo que presentamos está planteada para quienes ejerzan la dirección del Instituto. El artículo 12 del mencionado proyecto dice: "[...] La designación deberá recaer en personas que, por sus antecedentes personales, profesionales y conocimiento en la materia, aseguren independencia de criterio, eficiencia, objetividad e imparcialidad en su desempeño siendo éste incompatible con el ejercicio de la actividad profesional en el área contable, con exclusión de la actividad docente.- Al menos dos integrantes deberán ser graduados con título de Contador Público o equivalente".
Solo quería hacer esa aclaración.
SEÑOR BERGALLI.- En primer lugar, nosotros planteamos que no solo los integrantes del Directorio tengan dedicación exclusiva sino, en general, todos los funcionarios vinculados al tema, por las mismas razones que la Dirección General Impositiva hoy está funcionando así; sabemos que los Directores llegan a tomar decisiones después que han sido informadas por determinados niveles. Hay un segundo tema que también es importante: la gran mayoría de los contadores todavía nos seguimos preguntando si esto es necesario o no. Si bien hay un consenso acordado dentro del Colegio de Contadores, Economistas y Administradores del Uruguay que llegó a esta posición que nosotros reafirmamos, me parece que no sería honesto no decir que todavía hoy nos seguimos preguntando ‑más aún a la luz de los acontecimientos mundiales‑ si realmente el Estado tiene que tomar una injerencia de esta magnitud, donde también asume una responsabilidad que después le puede generar perjuicios económicos. Pero eso está acordado. No vamos a traerlo de vuelta a discusión, pero no sería honesto si no se lo dijéramos.
En la andanada de decretos que el contador Oreiro Padula decía que han salido últimamente, el 19 de marzo salió un Decreto en el cual se definen procedimientos simplificados para las empresas y las normas que se deben aplicar. Si uno lee formalmente ese Decreto, prácticamente hasta Botnia podría estar llevando contabilidad simplificada. Ese es el problema cuando el Estado quiere determinar normas que realmente no son función del Estado. Ese Decreto establece: "Artículo 1º.- Se entenderá que constituyen emisores de estados contables de menor importancia relativa aquellas entidades que no cumplan con una o más de las siguientes características:", y allí figuran cinco características, entre las cuales, la cuarta establece: "4) Sean sociedades con participación estatal [...]". Si no tienen participación estatal, pueden llevar contabilidad simplificada. Entonces, Botnia puede llevar contabilidad simplificada. Creo que es un error del Decreto, porque nos fuimos al otro extremo. El problema es cuando nos metemos a determinar cosas que son del ámbito exclusivamente privado; para eso está el Colegio de Contadores, Economistas y Administradores del Uruguay; para eso está la Academia; el Estado no está para generar normas y para controlar normas que después generan estos problemas. Hago este planteo por honestidad y como telón de fondo a todo esto que, si pueden repensarlo, les pido que lo repiensen.
SEÑOR PRESIDENTE.- La Comisión de Hacienda les agradece su presencia.
(Se retiran de Sala los contadores Oreiro Padula y Bergalli Campomar)
——Ha llegado una solicitud de audiencia de la Cámara de Comercio del Uruguay respecto a este mismo proyecto. Personalmente, me parece que sería importante escucharlos porque sería la primera vez que vendría a la Comisión alguien que no es contador y que representa a un sector de las empresas que supuestamente estarían sometidas a este instituto. Por lo tanto, plantearía que recibamos a esta delegación y que luego pasemos a la consideración de las tres alternativas que tenemos.
SEÑOR ASTI.- Coincido en que sería interesante escuchar a las empresas, pero me permito decir que la Comisión Asesora sobre este tema, que se creara por el Poder Ejecutivo a los efectos de trabajar en esto ‑no es exclusivamente el Poder Ejecutivo el que toma estas resoluciones‑, está integrada, precisamente, por representantes de todas las cámaras empresariales y estuvo en este ámbito; habría que repasar la versión taquigráfica. Una de las críticas que se hizo en su momento por parte de quienes nos acaban de visitar era que habían venido contadores pero en representación de las distintas entidades que participan en la Comisión Asesora de Normas Contables. Estoy de acuerdo con invitarlos específicamente, pero quiero aclarar que no es que nunca hayan tenido la oportunidad de concurrir. Cuando vino la Comisión Asesora vinieron en representación de las distintas cámaras empresariales, del Poder Ejecutivo y de los organismos del Estado que también participan de ella.
Por otra parte, quiero hacer referencia a una afirmación recién realizada ‑en el momento no quise seguir demorando la presencia de esta insólita delegación que se autoinvita, porque el Colegio no la invitó‑, cuando se dijo que Botnia podía entrar dentro de las limitaciones incluidas en el Decreto del 19 de marzo que determina qué entidades pueden tener una contabilidad simplificada. Ellos leyeron algunos de los numerales incluidos en su artículo 1º, pero en el numeral segundo de ese mismo artículo, se establece lo siguiente: "2) Sus activos o ingresos operativos netos anuales cumplan los requerimientos que determinan la obligación de registrar los estados contables ante el Registro de Estados Contables". Y era el mismo al que ellos habían referido, que son las 100.000 UR o los $40:000.000. Decir que Botnia entra en esto es un desconocimiento que obviamente descalifica, de alguna manera, la opinión profesional que quieren tener. Es ese tema el que creo que lleva a que haya algunos profesionales que, seguramente por la forma en que están encarando el ejercicio profesional, disientan con lo que el Colegio manifiesta.
Con relación a la primera parte de la introducción, cuando hubo descalificaciones personales de alguno de nuestros invitados, quiero decir que el contador Walter Rossi hizo uso de su condición de Director del Instituto de Ciencias Contables ‑no sé si es exactamente ese el nombre de la institución‑ porque cuando nosotros lo invitamos ‑quien habla tomó iniciativa en ese sentido‑ lo hicimos precisamente como Director de ese organismo. No lo invitamos como Decano de la Facultad porque, precisamente, no queríamos involucrar su figura como tal. Queríamos que hablara sobre el tema de ciencias contables. No fue él quien hizo uso de esa opción, sino que fuimos nosotros los que lo invitamos en esa condición. Todo lo demás se explica por una vieja rivalidad personal de alguno de los que vinieron aquí con el contador Rossi, que realmente, después de los años de profesión y de su elección como Decano de la Facultad, sería digno de otro tipo de consideración. No quiero seguir abundando en este tema.
Quiero hacer una propuesta complementaria. A esta altura, inclusive después de haber sido emitida esta serie de decretos a que hicieron referencia nuestros invitados, deberíamos invitar también a la Comisión Asesora de Normas Contables porque, entre otras cosas, no ha opinado sobre las modificaciones al proyecto y es ella misma la que asesoró al Poder Ejecutivo para presentar el proyecto original.
SEÑOR PRESIDENTE.- En principio, para la próxima sesión quedaría convocada la Cámara de Comercio del Uruguay y también se podría invitar a la Comisión Asesora de Normas Contables para que haga su presentación.
Se levanta la sesión.
(Es la hora 11 y 24)

2 comentarios:

  1. Montevideo abril 16 de 2009
    Señor Presidente de la Comisión de Hacienda
    Cámara de Representantes
    Dip. Gonzalo Mujica.
    Presente

    De mi consideración;
    En la versión taquigráfica de la sesión del pasado 1 de abril, he podido leer que luego de retirarnos de sala el Sr, Representante Alfredo Asti expresa: “”Decir que Botnia entra en esto es un desconocimiento que obviamente descalifica, de alguna manera, la opinión profesional que quieren tener. Es ese tema el que creo que lleva a que haya algunos profesionales que, seguramente por la forma en que están encarando el ejercicio profesional, disientan con lo que el Colegio manifiesta.”
    La manifestación anterior, que pretende agraviarnos y descalificarnos, no solo demuestra que el Sr. Asti no leyó el texto del decreto sino además que no nos escuchó en nuestra exposición, en particular cuando leímos el articulo en cuestión que dice: "Artículo 1º.- Se entenderá que constituyen emisores de estados contables de menor importancia relativa aquellas entidades que no cumplan con una o más de las siguientes características:"(subrayado nuestro). Es decir que el hecho de no cumplir con una de las características de los literales ya alcanza para estar en la categoría de emisores de estados contables de menor importancia relativa. Y como dijimos uno de los literales dice "4) Sean sociedades con participación estatal [...]". y que yo sepa Botnia podrá vender millones y tener activos multimillonarios, pero no tiene participación estatal, por lo tanto en términos literales (al no cumplir con una) puede estar en la categoría de emisores de estados contables de menor importancia relativa. Y si la letra es clara no es necesario otra interpretación.
    Y lo manifestamos como un error, dije: “Ese es el problema cuando el Estado quiere determinar normas que realmente no son función del Estado…….. Creo que es un error del Decreto, porque nos fuimos al otro extremo. . El problema es cuando nos metemos (el Estado) a determinar cosas que son del ámbito exclusivamente privado;”
    El diputado Asti en vez de agraviar y descalificar, debería caer en la cuenta que la Comisión Asesora que en los hechos se mantiene en su proyecto, con presencia de abogados y con mayoría del sector publico, comete errores que lleva a decretos erróneos y a responsabilidades del Estado por asumir funciones que son propias del ámbito privado. En este caso de normas contables es como pretender por decreto imponerles a los médicos los protocolos terapéuticos que deben aplicar a sus pacientes.
    Solicito hacer esta aclaración a los integrantes de la Comisión, lamentando la soberbia que parece haberle contagiado al Sr. Diputado Asti que ni siquiera nos considera aptos para escuchar sus apreciaciones o discutir el tema en nuestra presencia.
    Desde ya muchas gracias
    Cr. Jorge Bergalli
    CI 1.220.297-7.

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  2. que bien Bergalli, estamos hartos de decretos para atras y para adelante....paren de violarnos,.

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